¿QUÉ ES EL CAP?

Es un Certificado de Aptitud Profesional que se exige con carácter obligatorio a los conductores de transporte de viajeros desde el 11 de septiembre de 2008, y a los conductores de transporte de mercancías desde el 11 de septiembre de 2009, sin el cual no pueden realizar la actividad profesional del transporte.
Todos los conductores profesionales de vehículos de transporte de viajeros y mercancías deben realizar el curso CAP. Por otro lado, se establece también una formación continua, que consiste en la realización de un curso para que los conductores actualicen los conocimientos esenciales para el ejercicio de su función. Este curso se debe repetir cada cinco años.

¿QUIÉN LO EXPIDE?

El CAP lo expide el Ministerio de Fomento a través de las Consejerías de Transporte de las Comunidades Autónomas. Por lo tanto, el CAP es independiente del permiso de conducir; y una persona puede obtener el CAP sin disponer del carnet de conducir.

¿DONDE SE REALIZA?

En Autoescuelas España, por haber sido reconocido como centro autorizado para impartir dichos cursos por la administración autonómica, órgano competente por delegación del Ministerio de Fomento.

¿QUÉ SE ESTUDIA?

Fundamentalmente, contenidos sobre: conducción racional, económica y medioambiental, aplicación de la reglamentación, la salud, la seguridad vial, los servicios y la logística.
Esta formación no se limita sólo a recordar conocimientos básicos sobre las normas y señales de circulación, sino que trata de concienciar e inculcar a dichos profesionales de la conducción y el transporte la importancia vital de cumplir escrupulosamente las reglas, pautas y principios fundamentales de la seguridad vial, conjuntamente con otros conocimientos complementarios y actualizados sobre su profesión.
En este sentido, el plan de formación legalmente establecido constituye una garantía de la permanente idoneidad y competencia profesional de estos conductores, que requiere una formación obligatoriamente presencial, inspeccionada y acreditada por la propia Administración (órgano oficial competente en materia de transporte) mediante la expedición del correspondiente documento administrativo (tarjeta CAP); y que deberá repetirse y actualizarse cada cinco años para poder seguir avalando la propia aptitud para el ejercicio de la profesión de transportista.

¿COMO ES EL EXAMEN?

Una vez finalizado el curso de cualificación inicial, los aspirantes al CAP deberán superar un examen antes de que transcurran 6 meses. Los exámenes serán convocados por el órgano competente en materia de autorizaciones de transporte de la Comunidad Autónoma al menos 6 veces al año. La prueba consta de 100 preguntas tipo test. Cada respuesta correcta se valora con 1 punto, cada error se penaliza con 0,5 puntos y las preguntas no contestadas o con más de una respuesta no puntúan. Para aprobar es necesario obtener al menos 50 puntos. Los exámenes son en enero, marzo, mayo, julio, septiembre, y noviembre. Para poder examinarte es necesario haber terminado el curso previamente.

¿QUINES DEBEN HACERLO?

Todos aquellos conductores de vehículos para los que se requiera un permiso de conducción en las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E.
No están obligados a hacerlo los conductores de los siguientes vehículos:
  • Aquéllos cuya velocidad máxima autorizada no supere los 45 km. por hora.
  • Los que se utilicen por lo servicios de las Fuerzas Armadas, protección civil, bomberos y cuerpos y fuerzas de seguridad, o bajo el control de las mencionadas fuerzas y organismos.
  • Los que estén siendo sometidos a pruebas en carretera para fines de mejora técnica, reparación o mantenimiento, o bien sean nuevos o transformados y aún no se hayan puesto en circulación.
  • Los utilizados en situaciones de emergencia o que se encuentren destinados a misiones de salvamento.
  • Los utilizados en las clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducción o del CAP.
  • Los utilizados para realizar transporte privado particular de viajeros o mercancías.
  • Los que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción del vehículo no represente la actividad principal de dicho conductor.

¿CÓMO SE CONSIGUE EL CAP?

Realizando un curso de los que a continuación se indican:
  • Cursos de formación inicial: deben realizarlo aquellos conductores que obtengan el permiso de conducir a partir de las fechas de entrada en vigor de la normativa sobre el CAP. Para ser conductor profesional es requisito obligatorio tener el CAP correspondiente y el permiso de conducir que corresponda. Los cursos de formación inicial CAP constan de 130 horas teóricas y 10 horas prácticas. Estos cursos son presenciales y de obligada asistencia, debiendo superar un examen final de 100 preguntas.
  • Cursos de formación continua o de renovación: deben realizarlo todos los conductores profesionales cada cinco años, durante toda su vida profesional, ya que la tarjeta CAP caduca a los cinco años y antes de que cumpla dicho plazo hay que renovarla mediante la realización de este curso. Si no se renueva, no se podrá seguir ejerciendo la profesión de conductor, hasta que se realice el curso de renovación. Estos cursos constan de 35 horas teóricas, sin prácticas y sin examen. Estos cursos también son presenciales y de obligada asistencia.
Una vez superado el examen, en el caso de la cualificación inicial, o el curso completo de formación continua de 35 horas, en el caso del curso de renovación del CAP, el órgano competente de la Comunidad Autónoma expedirá, según proceda, el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) y la Tarjeta de Cualificación (CAP). Todos los conductores deberán llevar, en todo momento, su tarjeta de cualificación profesional a bordo del vehículo.

ORIGEN Y OBJETIVOS

La primera vez que se habla de una formación específica y continua para los conductores profesionalesfue en la Directiva 2003/59 del Parlamento Europeo, en julio de 2003. Esta directiva obliga a los países miembros a implantar el sistema de Certificado de Aptitud Profesional antes del 2010. En España la implantación se realiza a través del Real Decreto 1032/2007 de 20 de julio de 2007 donde se establecen dos fechas límite:
  • 11 de septiembre de 2008 – Entrada en vigor del CAP para los conductores de transporte de viajeros (Autobús)
  • 11 de septiembre de 2009 – Entrada en vigor del CAP para los conductores de transporte de mercancías (Camión y Trailer)
A partir de esas fechas ya no es suficiente el permiso de conducción expedido por la Dirección General de Tráfico, además se deberá disponer del CAP (Certificado de Aptitud Profesional) para que dichos conductores profesionales puedan circular legalmente.
Para hacer una implantación del CAP gradual se decidió que primero afectara a los conductores de autobús, ya que son una quinta parte respecto al número de conductores de transporte de mercancías, y esto ha permitido a todos (organismos oficiales, centros de formación y alumnos) adaptarse poco a poco a las normas del real decreto que lo regula.
Europa ha obligado a implantar el CAP en todos sus países miembros con el fin de profesionalizar el oficio de conductor, ya que hasta ahora “cualquiera” podía ser conductor profesional obteniendo el correspondiente permiso de conducir, sin tener una formación profesional adecuada.
La obtención del permiso de conducir para autobús o camión, según las exigencias actuales, sólo certifica que una persona sabe manejar con mayor o menor técnica un vehículo y que conoce las normas básicas de circulación. Pero ser un buen Conductor Profesional requiere otros muchos conocimientos, que no sólo se limitan a la esfera personal (aptitudes, capacitación, actitudes frente a la tarea de la conducción) y a la habilidad o destreza en el manejo del vehículo; sino también al ámbito laboral, empresarial y a la incorporación de las nuevas tecnologías, estrategias y metodologías mercantiles que globalizan el sector del transporte y lo hacen cada vez más competitivo; y por ello surge el CAP.
El Certificado de Aptitud Profesional (CAP) acredita, junto con el permiso de conducción, la aptitud, formación y cualificación profesional de quien lo ha obtenido.

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